domingo, 15 de febrero de 2015

LA NACIÓN DE LA FORTALEZA (RELATO)



LA NACION DE LA FORTALEZA

La nación de la fortaleza es un pequeño lugar situado entre dos bellas colinas, las cua1es tienen sus picos de nieve y éstas al amanecer, al salir el sol, se deslizan por su pendiente, naciendo entre ellas un hermoso río, con aguas cristalinas y fondo rosa, lo que indica la alegría y fortaleza que tienen todos los ciudadanos de esa bella nación. Este río del cual todos los habitantes se sienten orgullosos se llama Mince o río de la Fortaleza. Se encuentra rodeado de árboles, una vieja costumbre de la fortaleza es el de ir a visitarlo al menos dos veces al año, aunque está un poco alejado del pueblo y tienen que bajar un pequeño monte.
Las casas de esta nación son preciosas y están unidas como sus sentimientos. Son todas de diferentes colores y en casi todas sus ventanas hay hermosas plantas que las suelen regar por las mañanas temprano, antes de que pasen por las calles los trabajadores, hacia un nuevo día. Las gotitas que se quedan en las hojas resplandecen como lágrimas de cristal.
A la entrada de la nación lo primero que se puede ver es un camino de piedras diminutas, con brillo parecido al mármol, que forman dos inmensas manos, resplandecientes, hechas de un metal precioso que sólo nace en este lugar y que nadie sabe como puede nacer ni como se conserva con tal color. Estas manos indican el símbolo de la nación: su amistad, compañerismo, su magnífica y encantadora unión y fortaleza que mantienen entre ellos.
Si continuamos viendo la nación, en las calles se suelen encontrar colgadas en las puertas una planta que tiene siete pétalos verdes, rosas y blancos. Esta planta se llama planta de la Elizia y es tradición tenerla.
En la calle mayor hay un viejo mercadillo con tres puestos uno de carne, otro de fruta y el último de pescado. La compra la hacen los jueves, día festivo, en el que no trabajan ni hay colegio.
Los niños sólo van al colegio dos días a la semana porque deberán aprender también el saber de la fortaleza, que se lo enseñaran los ciudadanos más viejos de la población.
La pequeña iglesia que poseen está en el centro de la nación. Fue hecha hace siglos y se construyó toda de una especie de cristal, de bonitos colores. Se representa mediante dibujos la historia de Jesús.

Si vamos a la plazoletilla encontraremos dos viejas palomas blancas que llevan mucho tiempo viviendo en la plazoleta y que la gente alimenta. La plazoletilla es de fuertes colores y en el centro está la figura da la planta de la Elizia. A su alrededor tiene plantas como rosales, plantas olorosas etc.
Hay una enfermería con dos doctores, es grande y de color verde, aunque por dentro es de color rosa.
Los ciudadanos de esta nación escogieron un lugar de paseo que es una calle estrecha, pero muy larga, sin casa pero con muchos puestecillos de golosinas y una discoteca para los jóvenes, es decir para quien quiera bailar. Si seguimos la calle encontraremos por último el ayuntamiento, encargado de que se cumplan las leyes, que no son muy serias. El Ayuntamiento es grande, trabajan el él diez personas. Su alcalde se escoge por las cualidades, no se hacen votaciones. El Ayuntamiento fue quien mandó hacer las leyes.
La verdad es que todos los ciudadanos están de acuerdo en como se dirige la nación. Con alegría en un día festivo colocaron las banderas de la Fortaleza en el Ayuntamiento, donde permanecen intactas a pesar de la lluvia, tormentas, nevadas y levante que han tenido en esta población.
La verdad es que los ciudadanos de esta nación son maravillosos por su cualidad: LA FORTALEZA.

Leyes de la Nación de la Fortaleza

1. Cada ciudadano debe trabajar al igual que los demás, no por codicia de dinero porque si hace esto cobrará menos.
2. Han de ir a visitar el símbolo de la nación al menos dos veces al año.
3. Deben sentirse orgullosos de poder tener el río Mince.
4. Deben mantener la costumbre de tener en su puerta colgada la planta de la Elizia.
5. Los niños sólo deberán ir al colegio dos días a la semana. Menos e1 jueves día festivo que no podrán escogerlo para ir.
6. Todo ciudadano al igual que los niños deben aprender aún más sobre el saber de la fortaleza que nunca se termina de aprender.
7. Utilizar la fortaleza sólo para ayudar a quien la necesite.
8. Deben seguir cuidando las dos palomas de la plazoletilla.
9. Por tradición festiva todos los años de debe continuar la fiesta Mince en el río, dónde sus antepasados construyeron las primeras casas y mas tarde en las colinas.
10. Si algún ciudadano se negará a aceptar la leyes, es decir, a no cumplirlas, se deberá ir de la nación.


REVISTA 3 EL ALCAUCIL (1989)
AUTOR: Sara Erdozain Guerra, Juana Mª Colón Pérez, Eugenia García y Mª Teresa Benítez Márquez. 8º de EGB. Colegio Público "Preafán de Rivera".


lunes, 29 de diciembre de 2014

ESTAMPAS DE PATERNA

ESTAMPAS DE PATERNA



Esta bonita fotografía, cedida por Cari Macho Galvín,  es de los Encierros Callejeros celebrados durante la Feria de Primavera en Mayo de 1961.  Se trata de la entrada de las vacas por la calle Alcalá, donde observamos que aún no había casas al fondo de la misma (C/ Molino). Las numerosas vacas son guiadas por dos caballista que van delante, casi llegando a la esquina con calle Real y vemos un típico carro en el que está apostado un niño.



REVISTA 35 EL ALCAUCIL (2002)
AUTOR: CARI MACHO GALVÍN    


domingo, 16 de noviembre de 2014

NUESTRA HISTORIA



NUESTRA HISTORIA

EL PORQUE EL NOMBRE DE LA “VIRGEN DE LA HINIESTA”

A LA PARROQUIA DE PATERNA.


Perteneciente a la cofradía de Nazarenos del Santo Cristo de la Buena Muerte y Maria santísima de la Hiniesta, Patrona de Sevilla, erigida canónicamente, en 1.412 en la Parroquia del Señor San Julián de esta capital.
La advocación de la Hiniesta, recibió culto y fue adorada por el pueblo cristiano de Sevilla en épocas de San Isidro, siendo tradición muy sentida y llorada por los fugitivos cristianos cuando la invasión musulmana para salvarla de las furias mahometanas, a los montes de Cataluña y fue escondida juntamente con una inscripción que decía "soy de Sevilla, de una iglesia que está junto a la Puerta de Córdoba".
En el año 1.330 el caballero Mosén Per de Tous, al servicio del Rey de Castilla, Don Enrique II, hallándose un día de caza siguiendo a una perdiz internada en la espesura de aquel monte para burlar la acción del cazador, la encontró posada los pies de una imagen con su hijo en los brazos y al conocer por la inscripción la procedencia, la trajo personalmente a Sevilla, al no existir en 1.380 en la Puerta de C6rdoba otra iglesia nada más que la del Señor de San Julián, la instauraron en dicho templo haciendo tapiar la puerta del mismo por donde había entrado, en señal de respeto para que nadie mas pudiera entrar por ella.
El pueblo sevillano, encontró en esta imagen motivo de especial veneración y la dotó de grandes fiestas y memorias piadosas, y la proclamó Patrona. Desde entonces fue invocada por los vecinos de Sevilla en toda suerte de calamidades, pestes, inundaciones, sequías, guerras, etc.
Entre los milagros obrados figura haber curado instantáneamente la lepra al Adlantado D. Francisco Enríquez de Ribera, Virrey de Nápoles, Duque de Alcalá, a la cual pertenece todavía Paterna, que la padeció durante treinta años, hecho ocurrido en el año 1.500, fundando en este año 8 capillanías, además donó a la imagen ricos y preciosos vestidos, joyas y demás, y construye por este tiempo la iglesia de Paterna a la cual da el nombre de la Santísima Virgen de la Hiniesta, y quedando como patrona de la corporación municipal de Sevilla, después de haber sido elegida la Virgen de los Reyes como patrona del pueblo sevillano, teniendo la celebración de su día el 8 de septiembre.




REVISTA 4 EL ALCAUCIL (1989)
AUTOR: MANUEL ROSADO "PACHI"                 

domingo, 7 de septiembre de 2014

ERMITA Y CEMENTERIO DE SAN SEBASTIÁN (PARTE II)



 ERMITA Y CEMENTERIO DE SAN SEBASTIÁN (PARTE II)

Esta segunda parte la dedicamos al cementerio de San Sebastián que  este año 2000 cumple su segundo centenario. Previamente hacemos un breve recorrido histórico del cementerio desde la época romana hasta el reinado de Carlos III, el cual  prohibirá los enterramientos en las iglesias y ordenará la construcción de los cementerios tal como hoy los conocemos


 Antecedentes históricos de los cementerios en España

            Etimológicamente “cementerio” significa  “lugar de descanso, de dormición”, del latín COEMETERIUM, que a su vez deriva del griego KOIMETERION, de KOIMAO, “yo descanso, duermo”. En esta acepción etimológica la muerte es considerada como el tránsito a una vida más perfecta que no termina en la tumba.



            En sentido amplio puede definirse el cementerio como el lugar destinado a dar sepultura a cadáveres humanos. En sentido religioso es el lugar sagrado destinado a enterrar los fieles que mueren dentro de una religión determinada.

 

            Primitivamente solo se aplicaba la palabra cementerio a los lugares de enterramiento de los cristianos y los judíos, dada las creencias de ambas religiones sobre la resurrección de los cuerpos y  su inmortalidad; aunque anteriormente muchos pueblos tuvieron lugares de enterramiento comunes.



En la Antigüedad Romana, las necrópolis se situaban a las afueras de la ciudad, estando prohibido enterrar a los muertos “in urbe”. Los primeros cristianos eran enterrados en los cementerios de los judíos o en los sepulcros familiares, según procediesen del judaísmo o del paganismo. En un principio los cementerios cristianos fueron de propiedad particular, pero a partir del siglo III con el aumento de las comunidades cristianas aquellos pasaron a ser propiedad de  éstas.



            En tiempos de las persecuciones de los emperadores romanos  contra los cristianos, a los mártires se les daba sepultura en las afueras de las ciudades según la norma. Posteriormente y en su honor, los cristianos construirán sobre su sepultura una basílica,  en cuyo interior se hará costumbre enterrar a ciertos distinguidos cristianos, extendiéndose más tarde a los fieles en general.  Con el paso del tiempo estas iglesias que estaban en las afueras de la ciudad quedan integradas en el casco urbano, y dado el aumento de la población y al poco espacio en las iglesias se tendrán  que habilitar para enterramientos los terrenos inmediatos y patios de las iglesias. Así durante toda la Edad Media el cementerio será la Iglesia, y en España Las Partidas de Alfonso X el Sabio ordena el enterramiento de los fieles en ella “e non en los lugares yermos e apartados dellas, yaciendo soterrados por los campos, como bestias”, indicándose incluso las dimensiones a dedicar a sepulturas en estos centros de culto; así las iglesias catedrales y conventuales “quarenta passadas a cada aparte” y las iglesias parroquiales “treynta”, especificando “que en la passada aya cinco pies de ome mesurado, e en el pie quinze dedos de traviesso”.



            Durante la Edad Moderna (fines del siglo XV a fines del XVIII) el lugar de enterramiento seguirá siendo la iglesia. Sin embargo durante el siglo XVII comienzan las primeras críticas contra esta práctica, aunque no serán tenidas en cuenta hasta el siglo XVIII, en que el hacinamiento de los cadáveres en las iglesias y los vapores pestilenciales que emanaban las tumbas provocando enfermedades infecciosas, máxime en épocas de epidemias, motiven la proclamación a una serie de leyes prohibiendo los enterramientos en las iglesias y que determinarán, en última instancia, la ubicación de los cementerios en las afueras de las ciudades.



            En España, a causa de una epidemia que se propagó en Pasajes (Guipúzcoa) en 1781 como consecuencia del hedor emanante de los cadáveres enterrados en la iglesia parroquial, el rey Carlos III por una Real Orden de 24 de Marzo de 1781 encargó un estudio de disposiciones que evitasen en el futuro hechos similares.  Fruto de ello el monarca promulgó una Real Cédula de 3 de Abril de 1787 disponiendo que los cementerios se construirán  “en sitios ventilados e inmediatos a las Parroquias, y distantes de las casas de los vecinos; y se apovecharán para capillas de los mismos cimenterios las ermitas  que existan fuera de los pueblos, como se ha empezado a practicar en algunos con buen suceso”. Se estableció un orden de preferencias en la construcción de cementerios: primero , en los lugares que fuesen azotados por epidemias; en segundo lugar, en los lugares de mayor población, y por último, para el resto de lugares; por ello en mucho pueblos como el nuestro se siguió sepultando los cadáveres en las iglesias hasta principios del siglo XIX. Los cementerios serán construidos con el menor gasto posible y según un proyecto que formaran el Cura y Corregidor  de los pueblos, siendo las obras costeadas con los caudales de la fábrica de las iglesias, ayudando los caudales públicos con la mitad  o tercera parte del gasto, y con los terrenos si éstos fuesen concejiles o de propios.



Las capillas laterales eran los lugares destinados  a las sepulturas, las cuales pertenecían  generalmente a hermandades o cofradías e incluso había capillas familiares., aunque también era común ser enterrado en sepultura terriza bajo el suelo de la iglesia. La iglesia organizaba y supervisaba el establecimiento de las sepulturas en el interior de las iglesias, y así se prohíbe (Constituciones Sinodales de 1591) que se dé sepultura en propiedad a ninguna persona sin expresa licencia  de las autoridades eclesiásticas, ni que se coloquen encima de las sepulturas losas grandes e inscripciones que dificultasen la celebración de culto, ordenando que “las losas de las sepulturas sean yguales con el suelo de la yglesia, y no mayores de las mesmas sepulturas, y no se pongan en ellas escudos de armas, letreros, o titulos, sin licencia del provisor o Visistador”.


Los enterramientos en Paterna y el origen de su Cementerio
 
            En Paterna al igual que en todos los pueblos de España y Andalucía los enterramientos se hacían en la única iglesia que había, la Iglesia Parroquial Ntra. Sra. de la Inhiesta, en  cuyo interior se llevaban a cabo las sepulturas desde que se construyó a finales del siglo XV o principios del XVI.

            Los Libros de Finados del Archivo Parroquial recoge algunos de los lugares de enterramiento dentro de la iglesia:

§  Capilla de Ntra. Sra. de la Soledad, así:

“En quatro de octubre del mil seiscientos ochenta i cinco años murió en su casa i se enterró en la capilla de nuestra Sª  de la Soledad de esta iglesia en la sepultura segunda que es la que esta en medio de tres que ai en caja serrada y con oficio entero  Dª  ...”

§  Capilla de  Ntra. Sra. del Rosario, así:

“En primero de noviembre de mil seiscientos  ochenta i cinco años murió i se enterró en la tercera sepultura de la capilla de Ntra. Sª. Del Rosario de esta parroquia de esta villa de Paterna de Rivera Dª ...”

§  Diversos lugares de la iglesia repartidos en padrones

·         En el lado de la epístola:

“En veinte i siete de henero de mil seiscientos ochenta  i siete se enterró en esta iglesia en sepultura de fabrica que es la primera del primero padrón contando de lado de la epístola i con oficio medio Dª ...”

·         En el lado del evangelio:

“En 18 de abril de mil seiscientos ochenta  i siete años murióDº. (... ) i enterrose con oficio medio i en sepultura de fabrica que es la primera del primero padrón del lado del evangelio ...”

·         Junto al púlpito:

“En veinte de febrero de mil seiscientos ochenta i ocho años se enterró en esta iglesia en la sepultura inmediata al púlpito i con oficio medio un párvulo...”

·         Otros lugares de la iglesia:

“En veinte dos de julio de mil seiscientos ochenta i siete años murió Manuel Hurtado vecino de esta villa de Paterna i natural de la villa de Porto Alegre en Portugal y esposo de Maria Bermúdez la Chica vecina i natural de esta villa (...) fue sepultado en esta iglesia mayor de Paterna en sepultura de  fabrica que es la que arrima a la pared entre la capilla de la Soledad i capilla del agua bendita  ...”


             Sin embargo, como ya se ha dicho antes el hacinamiento de cadáveres en las iglesias y el riesgo por tanto de epidemias dará lugar la Real Cédula promulgada por Carlos III el 3 de Abril de 1787 por la que se prohibirán los enterramientos en las parroquias. Así en Paterna  en cabildo de 12 de Agosto de 1788 se da lectura de dicha real orden por la cual  “se manda restablecer el uso de los cementerios ventilados para sepultar los cadáveres de los fieles”; acordando el Ayuntamiento se cumpla y ejecute.

            Anteriormente el Obispo de Cádiz había remitido al cura de Paterna dicha orden para que puesto de acuerdo con el Ayuntamiento se procediese al cumplimiento de la misma.  La Real Cédula ordenaba formar un proyecto entre el cura y el corregidor  de los pueblos y que las obras se costeasen con los caudales de la fábrica de las iglesias, ayudando los caudales públicos con la mitad  o tercera parte del gasto, y con los terrenos si éstos fuesen concejiles o de propios.  Se acuerda entre párroco y ayuntamiento enviar un oficio a la diócesis de Cádiz “para que determinase el modo de franquear los fondos que se refiere”

 En cabildo de 12 de Junio de 1789 se ve un oficio del corregidor de Paterna y Alcalá, D. Pablo de la Vega y Mena, en el que inserta otro de 8 de Mayo del mismo año del Fiscal del Real y Supremo Consejo de Castilla, D. José de Fita, en el que se ordena a todos los pueblos  del territorio de la Real Chancillería de Granada le remitiesen “relación bien circunstanciada  de los cementerios construidos  en cada uno, su coste y de donde se a suplido este con los demas que comprende”. Se acuerda responderle  que aún no se había recibido contestación de la diócesis sobre los fondos para costear la construcción del cementerio.

            Sin embargo, la iglesia Ntra. Sra. de la Inhiesta seguirá siendo el único lugar de enterramientos hasta el año de 1800, en que Paterna sufre las consecuencias de la epidemia de fiebre amarilla que azotaba a toda la provincia. En octubre de ese año la Junta de Sanidad señala un cementerio para sepultar a las personas que fallezcan en el lazareto, en el sitio que nombran el Granadillo, medio cuarto de tierras situado a setecientos pasos del pueblo en dirección a occidente (hoy Hazas de Granadillo, situada junto a Huerta de Mesa). Así mismo también se establece como cementerio provisional para sepultar a las personas que falleciesen en el pueblo, el lugar donde se hallaba la antigua ermita de San Sebastián:

“En virtud, de acuerdo, de la Junta de Sanidad, de esta villa, y a efecto, de evitar, se comunicase, el contagio, en ella; se señalo, por sementerio; o campo santo, para sepultar, los cadaveres, de los que falleciesen, de dicho contagio, en el lazareto, establecido por dicha Junta; el sitio, del medio quarto de tierra, que nombran del Granadillo, situado en la parte del occidente, de esta villa; y distante, de ella, como setecientos pasos; cuyo sitio, bendige, con todas las formalidades, y ceremonias, que previene el ritual Romano, hoy dia de la fecha; Así mismo, bendige, el campo santo de S.S. Sebastián, para sepultar los cadáveres, de los que fallecieren, en esta villa; y para que conste, en lo sucesivo, lo pongo por diligencia, que certifico. Paterna de Rivera, y Octubre, dos, de mil, y, ochocientos.”

                                                             Dn. Blas Gallardo Velasquez



            Pero la iglesia aún seguirá siendo el lugar de sepultura de los paterneros, pues hasta marzo del siguiente año, 1801, no se lleva a cabo la clausura  efectiva de enterramientos en la parroquia:


“En consequencia de las ordenes de S.M. (q.D.G.) y expuesto por el Licdo. Luis Pizarro y Vilchez comisionado para el cumplimiento de ellas sobre la mala situación en que estaba la Iglesia Parroquial de esta villa para el enterramiento de cadaveres y prohibision  absoluta de que pudiere aserse en ella, y haver seyado sus bovedas, y mandado enladrillar de firme el suelo de la dicha Iglesia, para evitarlo en lo sucesivo; pase a señalar con anuencia y presencia de la justicia, Ayuntamiento y junta de Sanidad de esta villa, el sitio que devia servir de cementerio y quedó elegido, el inmediato a los vestigios de la hermita de Sr. Sn. Sebastián, un tiro de piedra de la población el qual fue bendito en las oraciones y ceremonias que previene el ritual romano y para que conste lo firme en la villa de Paterna en el dia catorce de marzo de mil ochocientos uno.”  

                                                                         Dn. Blas Gallardo Velásquez


            Desgraciadamente no se conservan las Actas Capitulares de los primeros años del siglo XIX en el Archivo Municipal por lo que no sabemos como se llevó a cabo la erección del cementerio de San Sebastián ni como participaron iglesia y ayuntamiento en su construcción.




REVISTA 31 EL ALCAUCIL (2000)
AUTOR: JUAN MORENO CASTRO



FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA:

·         Archivo Histórico Municipal. Actas Capitulares Siglos XVII-XIX. Incompletas
·         Archivo Parroquial de Paterna. Libros de Finados. 1685-1688, 1799-1801.
·         Archivo Diócesis de Cádiz. Serie Visitas y Estados: Legajo 506,  Manuscrito 1235
·         Voz “Cementerio”. Enciclopedia Espasa- Calpe.
·         Voz “Cementerio”. Enciclopedia de la Cultura Española. Ed. Nacional. Madrid. 1963.
·         Voz “San Sebastián”. Enciclopedia Espasa-Calpe.
·         De la Pascua Sánchez, Mª. José: “Actitudes ante la muerte en el Cádiz de la primera mitad del siglo XVIII. Dip. Prov. de Cádiz. 1984.
·         Iglesia Rodríguez, Juan J.: “La epidemia gaditana de fiebre amarilla de 1800”. Dip. Provincial de Cádiz. 1987.